Las negligencias médicas ocurren cuando un paciente resulta lesionado por profesionales de la salud, los cuales incluyen a doctores, enfermeras o cualquier profesional que se relaciona con la salud, debido a su actividad profesional o a su inactividad. Por lo general, están incluidas lesiones producidas en un parto, haber dado un diagnóstico errado, cometer un error quirúrgico o que se produzcan infecciones de tipo nosocomial, esto es, que se producen en el hospital. Estas víctimas pueden demandar por daños y perjuicios por negligencia médica en California, lo que es denominado también como negligencia profesional. Sin embargo, los pacientes generalmente tienen un plazo de prescripción de solo un año desde el descubrimiento de la lesión para presentar un reclamo, aunque hay supuestos en los que el estatuto de limitaciones es de hasta tres años, por lo que debe determinarse cuál es el que se aplica a su situación, de acuerdo a lo previsto en la disposición 340.5 contenida en el Código de Procedimiento Civil.

¿Quién puede ayudarme a presentar mi demanda por este tipo de negligencia?

En caso de que usted tenga la seguridad o incluso la sospecha de que ha sido víctima de una negligencia profesional en Orange County CA, tiene todo el derecho a recibir respuesta a sus interrogantes y a que se determine si algún profesional relacionado con la medicina puede ser el responsable de alguna condición o dolencia que haya sufrido o que se encuentre sufriendo actualmente, necesita de un abogado especializado que sepa dónde debe recabarse la información concreta y cómo demostrar con evidencias claras que un profesional de la salud es quien debe ser declarado responsable por ello, y por lo tanto, ser condenado a reparar los daños que usted haya sufrido, y en Orange County Personal Injury Attorney tenemos a los mejores, con las credenciales y la experiencia necesaria para desentrañar la incógnita que usted tiene y consignar la demanda para que usted sea compensado económicamente por los perjuicios sufridos, así que póngase en contacto de inmediato con nosotros, porque su primera cita no le costará nada y podrá aclararle muchas cosas.

¿Qué es la negligencia médica?

La ley de California define la negligencia profesional o negligencia médica como un actuar o una omisión de actuar que puede considerarse negligente, por parte de un proveedor de servicios de asistencia médica, durante la prestación de sus servicios profesionales, y que dicha actuación u omisión resultó ser el origen inmediato de la lesión física o del fallecimiento de una persona por causa de la negligencia, siempre que dichos servicios estén dentro del alcance de los servicios para los cuales el proveedor tiene licencia y que no estén dentro de ninguna restricción impuesta por la agencia de licencias o el hospital con licencia.

¿Cuándo puede entenderse que ha ocurrido una negligencia profesional en el área médica?

Hay que comprender de manera muy clara la clase de escenarios en los que un tratamiento o una atención médica podría ser la causa de una lesión causada por negligencia médica en un tratamiento o procedimiento que puede dar origen a una demanda para que la víctima recupere las pérdidas económicas sufridas, como puede ser el caso de:

  • No haber diagnosticado alguna afección o dolencia médica habiendo realizado los exámenes correspondientes para ello.
  • Causarle lesiones al paciente por causa de una técnica o procedimiento inadecuado de transporte o de elevación.
  • Haber permitido que se causaran úlceras o escaras en posición decúbito al no mover de manera regular al paciente que se encuentra incapacitado.
  • Administrar o prescribir fármacos que han sido declarados como alérgenos que podrían producir la muerte.
  • No contar todos los instrumentos y esponjas o gasas empleadas luego de culminar una cirugía.
  • Cometer fallas mientras se está monitoreando el latido fetal del feto en el proceso de labor de parto.
  • Cometer un error mientras se está controlando el suministro de anestesia requerido por un paciente sometido a un procedimiento quirúrgico.

¿A qué profesionales relacionados con la medicina se les puede demandar por negligencia profesional?

La regulación que rige las negligencias médicas en California se aplican a todos los proveedores e instalaciones de atención médica autorizados por el Estado, entre los cuales se encuentran incluidos, pero no limitados a:

  • Laboratorios clínicos.
  • Clínicas privadas.
  • Hospitales.
  • Farmacéuticos.
  • Fisioterapeutas.
  • Psicólogos.
  • Anestesiólogos.
  • Enfermeras o enfermeros.
  • Podólogos.
  • Quiroprácticos.
  • Médicos.

¿Qué se requiere básicamente para demandar por negligencia médica?

Un abogado especialista en demandas por negligencia médica conoce muy bien los requerimientos que se deben demostrar para fundamentar este tipo de reclamaciones, entre los cuales se encuentran:

  • Existió una relación profesional médico-paciente: hay que demostrar que existió un vínculo de tipo profesional con el médico o profesional de la salud al que se quiere demandar, lo cual quiere decir que el paciente que sufrió la negligencia pidió al profesional de la medicina sus servicios y que éste accedió de manera voluntaria a prestarlos. En este sentido, no es posible demandar a un médico que haya sido escuchado hablando en un congreso. Este extremo es muy sencillo de demostrar, porque si el médico pudo atender a la víctima queda un registro de ello, con lo que se puede demostrar la existencia de un vínculo profesional real entre las partes. Quizás sea un poco más complicado demostrar la existencia de dicho vínculo si la víctima no fue tratada de manera directa en una consulta.
  • El doctor tuvo una actuación imprudente o negligente: se debe aclarar que no estar satisfecho con la forma en la que el médico hizo su labor o con los efectos finales de un tratamiento o procedimiento, no supone que el doctor haya actuado negligentemente. Es necesario que haya actuado con incompetencia o que haya sido descuidado en el diagnóstico. Para poder demandar en un supuesto caso de negligencia, se debe demostrar que el médico o profesional relacionado con la salud o el doctor le causó a la víctima un daño de manera que otro profesional del área, en una situación similar no lo hubiera ocasionado. No se exige a todos los profesionales de la medicina que presten el mejor servicio del mundo. La medicina es una profesión que impone a quien la practica obligaciones de medios, no de finalidades, por lo que su compromiso es poner en cada caso sus mejores habilidades y conocimientos para lograr el mejor resultado posible, pero nunca podrán prometer un resultado determinado. Por ello, este tipo de demandas se basa en que el doctor o el profesional de la medicina haya sido lo suficientemente cuidadoso y prudente, por ello es necesario consultar los casos de esta clase de demandas con doctores que tengan la experiencia en el campo para determinar cuál fue la clase de servicio médico proveído al demandante y demostrar en qué manera el profesional demandado se equivocó en el procedimiento que debió seguirse.
  • Desatención o descuido el doctor fue la causa de las lesiones de la víctima: en estos casos, es normal que el paciente se encontrara enfermo antes de ser atendido por el doctor o el profesional de la medicina, de modo que surge siempre la duda razonable respecto a que si la dolencia actual del paciente se debe a su enfermedad previa o fue causada por una mala praxis del médico. Si un paciente fallece luego de ser tratado por un cáncer, será complicado probar que la negligencia o desatención del doctor fue la que causó su muerte en lugar del cáncer, por ello el abogado debe tener la capacidad de demostrar con preponderancia de la evidencia que más que posible que la negligencia o incapacidad del doctor fue la causa del fallecimiento. Lo cual es posible demostrar con la comparecencia de testigos expertos en la materia.
  • Las lesiones causaron daños determinados: es posible que sea evidente que un médico fue negligente en la prestación de sus servicios, de acuerdo a las normas que son un estándar en la profesión, pero si el demandante no sufrió de ninguna lesión por causa de ello, no podrá presentar una demanda.

¿Por cuáles daños puede demandar un paciente?

Las víctimas que resultaron con lesiones debido a una negligencia médica en California pueden recuperar daños compensatorios que incluyen, entre otros:

  • La recuperación de lo gastado por medicamentos, tratamientos médicos y todo lo relacionado con los gatos para tratar la lesión ocasionada,
  • Los gastos por necesitar ser atendido médicamente en su domicilio,
  • Los gastos por fisioterapia,
  • Los daños psicológicos que sufra la víctima como consecuencia de la lesión,
  • Los salarios y ganancias dejados de percibir,
  • La pérdida de la capacidad para obtener ingresos,
  • Los daños que no se pueden cuantificar económicamente como el sufrimiento y el dolor no económicos tales como dolor y sufrimiento y pérdida del disfrute de la vida.

¿Cómo se manifiesta normalmente la negligencia médica?

Un juicio por negligencia profesional relacionada con la medicina puede basarse en acciones como que un cirujano haya dejado una esponja o gasa dentro del cuerpo de un paciente que fue sometido a una intervención quirúrgica, o no decirle a su paciente que una medicina determinada que le está prescribiendo puede tener efectos colaterales como crear insuficiencias cardíacas. El espectro es tan amplio que un profesional relacionado con la prestación de servicios médicos podría ser demandado por causa de:

  • No haber diagnosticado: cuando un médico no fue capaz de diagnosticar la dolencia de un paciente, o de haber realizado un diagnóstico diferente, el resultado hubiera sido más favorable al que en realidad se tuvo, debido a lo cual sería posible presentar una demanda por negligencia profesional.
  • Tratamientos inadecuados: cuando un paciente sea tratado por su doctor de una manera en la que no lo haría ningún otro profesional médico, es posible que la víctima demande por negligencia médica. También puede resultar demandado el médico que haya prescrito el tratamiento médico adecuado, pero fue suministrado u ordenado de manera indebida.
  • No poner en conocimiento del paciente los riesgos que se corren en su caso: Existe la obligación legal de los doctores de informar al paciente sobre los riesgos que corre si le es aplicado un tratamiento determinado; de hecho esta obligación recibe el nombre del deber sobre el consentimiento o la voluntad informada. Es más, si un paciente es informado de los riesgos, y decide no seguir con un tratamiento, el doctor todavía podría ser demandado por negligencia médica si el paciente resulta con lesiones o daños por causa de ello, si ese efecto concreto no fue advertido al paciente por el médico.

¿Existen límites a la cantidad de dinero que puede recuperar la víctima?

El Código Civil de California en el artículo 3333.2, producto de la reforma de las leyes de las compensaciones por una lesión médica o MICRA del año 1975, pone un tope de $250,000 en indemnizaciones por daños no económicos en demandas por negligencia médica. Pero es posible que se apruebe el Proyecto de Ley 35 de la Asamblea, en el año 2023, en cuyo caso se incrementará la suma a $350,000 en casos que no son fatales y a medio millón de dólares en casos de muerte por negligencia. Y los límites aumentarían progresivamente hasta 2033 a $750,000 en casos que no son fatales y a $1.000.000.00 en casos de muerte por negligencia. Pero hay que tomar en cuenta que, en caso de aprobarse este proyecto de ley, su aplicación no será retroactiva y se aplicará solo a los casos presentados a partir del 1 de enero de 2023.

Esta limitación de compensación sólo se aplica a aquellas pérdidas que son difíciles de valorar, distintas a las pérdidas económicas cuantificables, como las facturas por gastos médicos, atención domiciliaria, medicamentos, prótesis, entre otros, cuyo monto si se puede llegar a determinar. Dichos daños no económicos incluyen, aunque no se limitan a:

  • Pérdida de calidad de vida,
  • Pérdida del uso de un sentido o un miembro,
  • Discapacidades físicas,
  • Desfiguración y cicatrices,
  • Sufrimiento, y
  • Dolor.

Esta regulación es totalmente diferente a la que regula los daños compensatorios, sobre los cuáles no existe un límite legal, por tanto, en ese caso se podrán recuperar los daños económicos que sean cuantificables, porque se pueden demostrar en un juicio por negligencia médica.

¿Es posible obtener daños punitivos?

Un demandante puede obtener una indemnización por daños punitivos en un caso de negligencia médica en California si puede demostrar mediante pruebas claras y convincentes que el demandado actuó con negligencia, malicia o fraude. En el contexto de una demanda por negligencia profesional, esto generalmente significa demostrar que la conducta del acusado fue:

  • Despreciable, y
  • Realizado intencionadamente o con un desprecio intencional y consciente de los derechos o la seguridad de los demás, lo que equivale a imprudencia o, posiblemente, con negligencia grave.

¿Cuál es el estatuto de limitaciones por negligencia médica en California?

La cantidad de tiempo que un demandante tiene para demandar se conoce como el estatuto de limitaciones o período de limitaciones de California. El límite de tiempo para demandar en un caso de negligencia profesional en California depende de si la parte lesionada es un adulto o un menor de edad.

Cuando la víctima es un adulto

Los adultos deben iniciar una demanda por negligencia profesional o médica en California antes de que cualquiera de estos hechos ocurra primero:

  • Tres años después de la fecha de la lesión, o
  • Un año después de que el demandante descubra, o mediante el uso de diligencia razonable debería haber descubierto, la lesión.

Cuando la víctima es un menor de edad

Cuando el individuo que resultó lesionado por la negligencia profesional es un menor de 18 años, el estatuto de prescripción o de limitaciones corre hasta el último de los siguientes hechos:

  • Tres años a partir de la fecha de la presunta lesión, o
  • Si el menor tenía menos de seis años de edad en el momento de la lesión, el octavo cumpleaños del menor.

¿Hay excepciones al estatuto de prescripción o de limitaciones?

El plazo de prescripción para una acción por negligencia profesional contra un proveedor de atención médica puede ser interrumpido o pausado durante los períodos en los que:

  • Un proveedor de atención médica comete fraude,
  • Un proveedor de atención médica intencionalmente oculta una mala conducta,
  • Hay un cuerpo extraño que no tiene un propósito o efecto terapéutico o de diagnóstico dentro de la persona lesionada, o
  • Uno de los progenitores del menor ha actuado en connivencia con la aseguradora del demandado o con el proveedor de los servicios médicos para no iniciar una acción por mala práctica en nombre del menor lesionado.

¿Cómo prueba un paciente la negligencia profesional?

Un profesional médico es negligente si no usa el nivel de habilidad, conocimiento y cuidado que otros profesionales razonablemente cuidadosos usarían en las mismas circunstancias o condiciones parecidas.

Este nivel de habilidad, conocimiento y cuidado a veces se denomina el estándar de cuidado o el deber de cuidado. Establecer el estándar de cuidado generalmente requiere el testimonio de uno o más testigos expertos. Además, el demandante debe probar que el incumplimiento del estándar de cuidado por parte del demandado realmente causó las lesiones que sufrió.

En otras palabras, no es suficiente que el resultado de un tratamiento o diagnóstico en particular haya sido incorrecto. Debe haber ocurrido algo que el médico debería o no debería haber hecho y que resultó en una lesión para el paciente.

Es frecuente que el demandante en este tipo de juicios confíe en la teoría legal de la res ipsa loquitur. Esta teoría presume que existe negligencia cuando los instrumentos con los que se ocasionaron la lesión estaban exclusivamente bajo el control del demandado y el daño es uno que normalmente no ocurre sin que haya negligencia.

¿Se debe notificar al proveedor de la atención médica sobre la intención de la víctima de que va a demandar?

Sí, en California, existe un requisito procesal que las víctimas deben cumplir antes de demandar. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 364, en el Código de Procedimiento Civil, no es posible consignar una demanda por negligencia profesional sin que la víctima notifique a dicho proveedor con por lo menos noventa días de antelación.

Esta notificación debe incluir lo siguiente:

  • La disposición legal en la que el demandante fundamenta su reclamación
  • La clase de pérdida sufrida, y
  • Los detalles sobre la naturaleza de las lesiones o daños sufridos por la víctima.

Esta notificación debe ser entregada en los noventa días posteriores a la expiración del estatuto de limitaciones. Hacerlo extendería el lapso del estatuto de limitaciones por noventa días más, desde la fecha de su notificación.

¿Qué sucede si se presenta una demanda después de que haya vencido el estatuto de prescripción o de limitaciones?

La víctima que consigna su demanda por negligencia profesional o médica luego de que haya transcurrido el plazo establecido en el estatuto de limitaciones para este tipo de demandas, habrá transcurrido el lapso de la prescripción, por lo que su reclamación será desestimada. Incluso aunque el demandante pueda tener un caso bastante sólido, la Corte se va a negar a escuchar los argumentos, ya que lo único que tiene que hacer el demandado es alegar que el plazo establecido en el estatuto de limitaciones ha transcurrido, por lo que habrá prescrito el derecho del demandante a consignar su reclamación, y el caso será desechado.

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Dejar que expire el estatuto de limitaciones para poder demandar por negligencia profesional o médica en Orange County CA, es el peor de los escenarios para las víctimas. Incluso si la atención médica claramente involucró un acto negligente por parte del profesional de la salud, y aunque los gastos por honorarios médicos y otros daños no económicos sean significativos, por lo que debe investigarse con la ayuda de un abogado especializado si todavía existen posibilidades de que pueda presentar su reclamación, y en eso los abogados de Orange County Personal Injury Attorney son expertos, porque tienen los conocimientos y las credenciales necesarias para analizar los hechos y verificar las opciones legales que aún se encuentran al alcance de las víctimas.

¡Si usted sospecha que ha sido víctima de una negligencia profesional o médica, debe ponerse en contacto con nosotros cuanto antes! Recuerde que el transcurso del tiempo puede hacer que usted pierda el derecho a ser indemnizado por los daños económicos y no económicos sufridos por su causa, llámenos por el 714-876-1959 y con mucho gusto le agendaremos una primera cita gratuita para que nos cuente su caso.